dc.contributor.other |
Pérez Noguera, Andrea |
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dc.coverage.spatial |
Costa Rica |
es_ES |
dc.creator |
Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE) |
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dc.date.accessioned |
2021-07-08T17:24:28Z |
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dc.date.available |
2021-07-08T17:24:28Z |
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dc.date.issued |
2010-04 |
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dc.identifier.citation |
Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE). (2010) Ética de la confidencialidad. Heredia: CNREE |
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dc.identifier.uri |
http://18.188.26.221:8082/repositorio/handle/123456789/722 |
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dc.description |
El Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE), creado por Ley 5347 de setiembre de 1973, cambió su nombre a Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (CONAPDIS), en mayo del año 2015, por medio de la Ley 9303. |
es_ES |
dc.description.abstract |
Con el propósito de racionalizar y coordinar la actividad estadística, se crea el Sistema de Estadística Nacional (SEN) por medio de la Ley No. 7839. El SEN estará conformado por las instituciones y dependencias del sector público, centralizado y descentralizado, cuya actividad estadística sea relevante en los diversos campos de la vida costarricense. Las dependencias y entidades que conforman el SEN recopilarán, manejarán y compartirán datos con fines estadísticos, conforme a los principios de confidencialidad estadística, transparencia, especialidad y proporcionalidad. Los datos obtenidos según la citada ley serán estrictamente confidenciales, excepto los que provengan de instituciones públicas y los que tengan carácter público no estatal, que serán de libre acceso para todos los ciudadanos. El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), podrá entregar información individualizada sobre los diferentes productos generados por el SEN, siempre y cuando se proceda al bloqueo de los registros de identificación definidos en los documentos correspondientes, archivos electrónicos, registros administrativos y cualquiera otros medios. Estos datos no podrán ser publicados en forma individual, sino como parte de cifras globales, que serán las correspondientes a tres o más personas físicas y jurídicas; tampoco podrán ser suministrados con propósitos fiscales ni de otra índole. La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, en su Artículo 31. "Recopilación de datos y estadísticas", solicita a los Estados parte: “Respetar las garantías legales establecidas, incluida la legislación sobre protección de datos, a fin de asegurar la confidencialidad y el respeto de la privacidad de las personas con discapacidad” y “Cumplir con las normas aceptadas internacionalmente para proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales, así como los principios éticos en la recopilación y el uso de estadísticas”. |
es_ES |
dc.format.extent |
332 KB |
es_ES |
dc.language.iso |
es |
es_ES |
dc.rights.uri |
https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/cr/ |
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dc.subject |
CONFIDENCIALIDAD |
es_ES |
dc.subject |
CONSEJO NACIONAL DE REHABILITACIÓN Y EDUCACIÓN ESPECIAL (CNREE) |
es_ES |
dc.subject |
CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD |
es_ES |
dc.subject |
DATOS PERSONALES |
es_ES |
dc.subject |
DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD |
es_ES |
dc.subject |
ESTADÍSTICAS SOBRE DISCAPACIDAD EN COSTA RICA |
es_ES |
dc.subject |
LEY 7839 SISTEMA DE ESTADÍSTICA NACIONAL |
es_ES |
dc.subject |
RESPETO A LA PRIVACIDAD Y CONFIDENCIALIDAD |
es_ES |
dc.subject |
INVESTIGACION SOBRE DISCAPACIDAD |
es_ES |
dc.title |
Ética de la confidencialidad |
es_ES |
dc.type |
Presentación |
es_ES |